CREAR EMPRESA EN GIBRALTAR
¿Por qué elegir Gibraltar?
Gibraltar es un territorio británico de ultramar situado en el sur de Europa, en la entrada del Mediterráneo, con un sistema jurídico de base británica y un régimen fiscal independiente.
Se ha consolidado como centro financiero y jurisdicción muy utilizada para estructuras internacionales gracias a su tributación territorial, la ausencia de IVA y la posibilidad de operar con sociedades flexibles de responsabilidad limitada.
Ventajas fiscales y regulatorias
- Una sociedad registrada en Gibraltar que no mantenga actividad en el territorio y cuyos ingresos provengan del extranjero puede beneficiarse de exoneración total del impuesto sobre sociedades sobre esa renta de fuente extranjera.
- Cuando los ingresos se generan en Gibraltar, las sociedades están sujetas a un impuesto de sociedades sobre beneficios que, según la normativa reciente, se sitúa en torno al 12,5% para la mayoría de actividades locales.
- No hay IVA, impuesto sobre el patrimonio, impuesto sobre el valor añadido ni impuesto sobre las ganancias de capital, lo que simplifica notablemente la operativa respecto a muchos países de la UE.
Tipos de sociedades y requisitos básicos
- El tipo de sociedad más utilizado es la Private Limited Company (sociedad privada limitada por acciones), regulada por la Companies Act 2014.
- No se exige capital mínimo legal, lo que aporta flexibilidad en la configuración de la estructura.
- Requisitos básicos habituales:
- Al menos un director y un accionista.
- Domicilio social en Gibraltar y secretario de la sociedad.octopus+1
- Agente o proveedor local para la tramitación y mantenimiento registral.
- Inscripción de la sociedad en el Companies House de Gibraltar.
PREGUNTAS FRECUENTES:
- ¿Cómo tributa una sociedad en Gibraltar?
Las sociedades tributan sobre beneficios generados en Gibraltar a un tipo general cercano al 12,5%, mientras que los ingresos de fuente estrictamente extranjera pueden no quedar sujetos a impuesto local si se cumplen los requisitos de no residencia y ausencia de actividad en el territorio. - ¿Puede una sociedad de Gibraltar operar con España u otros países de la UE?
Sí, pero debe analizarse la presencia económica real, la residencia fiscal de los socios y la normativa antiabuso de cada país, especialmente si los socios siguen siendo residentes fiscales en España u otras jurisdicciones europeas. - ¿Qué tipo de empresa se registra normalmente?
La forma estándar es la Private Limited Company limitada por acciones, adecuada para actividades comerciales y para muchas estructuras de servicios o holding. - ¿Existe obligación contable y de presentación de cuentas?
Si la actividad se desarrolla únicamente fuera de Gibraltar, las exigencias contables y de presentación pueden ser más ligeras; cuando hay actividad local, deben presentarse cuentas e información anual a las autoridades. - ¿Puedo constituir la sociedad sin desplazarme a Gibraltar?
En muchos casos es posible completar el proceso de constitución a distancia, mediante firma y envío de la documentación requerida a través de agentes locales. - ¿Cuánto cuesta el servicio?
No hay tarifa estándar. El servicio es profesional y se valora caso por caso, en función de la estructura, la actividad prevista, el nivel de cumplimiento requerido y los servicios adicionales (nominados, secretaria, contabilidad, etc.).
Pasos para constitución
- Análisis previo del proyecto, de la residencia de los socios y de la conveniencia real de una sociedad en Gibraltar.
- Definición del tipo societario (habitualmente Private Limited Company), de los socios, administradores y, en su caso, servicios de nominee y secretary.
- Elección y reserva de nombre social y preparación de los documentos constitutivos (Memorandum & Articles of Association).
- Presentación de la documentación ante el Companies House y obtención del certificado de constitución.
- Alta fiscal y, en su caso, organización del servicio contable y de reporting según haya o no actividad local.offshore-pro+1
- Apertura de cuenta bancaria y definición de los flujos de negocio y de documentación de cumplimiento (KYC, origen de fondos, beneficiario final).
Cumplimiento y obligaciones continuas
Una vez constituida, la sociedad debe mantenerse al día en sus obligaciones: renovación de tasas, actualización de directores y accionistas, mantenimiento de los registros y presentación de la documentación requerida por las autoridades gibraltareñas.
Si desarrolla actividad local, deberá presentar cuentas anuales y cumplir con los requisitos contables, además de atender a la normativa de prevención de blanqueo, información sobre beneficiarios finales y posible intercambio de información con otras jurisdicciones.
Transparencia, riesgos y asesoramiento
Aunque Gibraltar ofrece ventajas fiscales relevantes, se encuentra bajo el escrutinio de la normativa internacional y de las autoridades de otros países, por lo que es imprescindible estructurar cada caso conforme a la sustancia real y a la residencia fiscal de los titulares.
Antes de constituir una sociedad, conviene analizar la actividad, la relación con España y otros países, y el uso real de la entidad, para evitar riesgos de recalificación y problemas de cumplimiento.
Contacto y valoración personalizada
- Nuestro trabajo es valorar su caso y proponer la estructura legal y fiscal más adecuada; por eso no damos tarifas estándar sin analizar la situación. Solicite una consulta inicial gratuita por WhatsApp o correo y le responderemos con los pasos y documentación necesaria para comenzar.

